Si tenemos un cliente moroso, al que se ha facturado un trabajo y tras haber recordado su abono en varias ocasiones no tenemos respuesta positiva estamos ante una situación de impago intencionado.
En tal caso te aconsejamos contactes con nuestros Abogados especialistas en reclamaciones dinerarias. Analizaremos tu caso y te asesoraremos en los pasos a seguir para la reclamación del pago.
Una opción muy aconsejable es iniciar un procedimiento monitorio. El procedimiento monitorio es el proceso rápido de reclamación de deudas.
En este caso, estás realizando una reclamación interpuesta ante los tribunales civiles y acabará con un juicio monitorio, es decir, un juicio sencillo para exigir que te paguen la deuda.
Reclamación deuda Jaén
¿Qué tipo de deudas se pueden reclamar?
1.- Ha de ser una deuda económica de un importe concreto cuantificado.
2.- Ha de estar vencida y ser exigible.
3.- Debemos documentar la deuda y la relación comercial mediante factura, cartas certificadas, albaranes, e-mails intercambiados, etc.
El demandado puede pagar, oponerse o no hacer nada, en este último caso iniciaremos la ejecución con embargo directo de cuentas, salarios, bienes, etc para recuperar la deuda.